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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346954
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1657
NACIONALIZACION DE BIENES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1657
La nacionalización de una capilla abierta al culto público, no debe extenderse al terreno colindante, si no está demostrado que también se hubiera destinado al culto; por lo que si la autoridad responsable excluyó lo que está fuera de la capilla, considerando que no hay motivo para sostener que también se nacionalice, por falta de prueba bastante que funde esta pretensión, y distinguió entre los anexos destinados a los fines de la capilla y los que son independientes a ese destino, no pudo incurrir con ello en violación legal alguna.
Precedentes
Amparo civil directo 2132/45. Agente del Ministerio Público. 6 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Emilio Pardo Aspe.