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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346974
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1894
INSTRUCCION PUBLICA IMPARTIDA POR EL ESTADO, IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS BIENES DESTINADOS A LA (LEGISLACION DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1894
La instrucción pública impartida por el Estado reúne las características inherentes a un servicio público; de manera que las cantidades destinadas a esa instrucción deben considerarse como bienes afectados a un servicio público, comprendidos dentro de lo que establece el artículo 812 del Código Civil del Estado de Veracruz, en el sentido de que los bienes destinados a un servicio público, son inalienables e imprescriptibles.
Precedentes
Amparo civil directo 7290/40. Aguilar Josafat y coagraviado. 13 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Agustín mercado Alarcón.