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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1959
MANDATARIOS ESPECIALES, FACULTADES LIMITADAS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1959
Si una persona otorgó poder a dos abogados para que la representaran en determinados juicios sucesorios, es evidente que uno de esos mandatarios especiales no podía legalmente representar a su poderdante en un juicio sobre cobro de honorarios profesionales, promovido en contra de éste por el otro mandatario, por no haber sido el poder general, sino especial para los juicios en él especificados.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2264/43. Martínez Luna Aldegunda. 16 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Emilio Pardo Aspe.