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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2137
LANZAMIENTO, SUSPENSION TRATANDOSE DE (CONSIGNACION DE RENTAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2137
Si la suspensión se pidió contra la prevención que hizo al quejoso, el Juez responsable, para que desocupara un inmueble, por haberse dado por terminado el contrato, por la supuesta falta de no estar al corriente en el pago de las rentas, que dice consignó, la suspensión sólo debe otorgarse para el efecto de que el inquilino no sea lanzado dentro del plazo que se le fijó, sin perjuicio de la continuación del procedimiento y de la obligación que tiene como inquilino, de cubrir puntualmente las rentas que vaya adeudando.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9237/46. Cuevas Ramón. 21 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.