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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 346995
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2268
ALIMENTOS, REDUCCION DE LA PENSION RELATIVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2268
Si el acto reclamado es la resolución que redujo la fianza que se había fijado para ejecutar la sentencia dictada en un juicio de reducción de pensión alimenticia, la fianza debe garantizar que, de ser revocada la sentencia, se pague a los acreedores alimentistas la diferencia entre la cantidad a que se redujo la pensión durante todo el tiempo que dejen de percibir esa diferencia, más sus intereses legales y demás prestaciones que la ley señala, siendo estas causas las que deben informar el criterio del Juez, para fijar la caución que debe otorgarse para ejecutar la sentencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4386/46. Anaya Campos María Teresa y coags. 26 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.