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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347001
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2375
PRUEBA DOCUMENTAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2375
Si el quejoso exhibió con su demanda de amparo, como prueba, el testimonio de una escritura pública, debidamente registrada, el Juez de Distrito, con apoyo en el artículo 151 de la Ley de Amparo, pudo legalmente evaluar la mencionada prueba documental, que, aunque no ofrecida en la audiencia, fue presentada con la demanda.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7845/45. Carro Zabdiel. 28 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.