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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347005
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2396
ACTOS RECLAMADOS. EMBARGO DE RENTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2396
Aun cuando la Suprema Corte ha dicho que cuando se reclama un acto, se sobreentiende que también se reclaman las consecuencias, esto debe entenderse respecto a las que derivan inmediata y necesariamente del acto que se reclama, y no a las que, mediante otra resolución que puede reclamarse, puedan producir efectos posteriores, a virtud de ese acuerdo; lo que sucede en el caso en que la sentencia de remate que se dicte y las consecuencias de esa sentencia, no son materia del juicio de amparo, pues no se reclamaron las consecuencias del embargo de la casa secuestrada, sino que solamente se reclamaron el cobro de las rentas y la notificación a los inquilinos, para que pagaran al depositario interventor.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6242/46. Oropeza Raymundo M. 28 de junio de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.