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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347017
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 22
ENDOSO DE TITULOS DE CREDITO DESPUES DE SU VENCIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 22
Si bien la cesión ordinaria de un documento mercantil vencido, sujeta al cesionario a las excepciones personales que el obligado pueda tener en contra de su acreedor inmediato, no existe disposición alguna ni razón para que esto deba hacerse en la vía ordinaria, puesto que no hay prevención legal que haga desaparecer la ejecutividad del documento, por el hecho de haberse endosado con posterioridad a su vencimiento, y cuando lo que se cede son indudablemente los derechos amparados por el documento, entre los que se cuenta el de que se haga efectivo en la vía que la ley le asigna, dada su naturaleza, y ésta no es otra que la vía ejecutiva, ni existe razón tampoco para que por el hecho de haberse vencido y cedido un documento mercantil, pudiera perder su carácter, pues de aceptarse este criterio, se llegaría al absurdo de que si un documento, por el hecho de vencerse, dejara de ser mercantil, no habría juicio alguno de esta índole, ya que no puede intentarse el juicio sino cuando el documento está vencido, y la cesión, en sí misma, no puede cambiar la naturaleza de aquél.
Precedentes
Tomo XCI, página 3261. Indice Alfabético. Amparo directo 7922/45. Martínez Zorrilla Carlos. 9 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hilario Medina.
Tomo XCI, página 22. Amparo civil directo 4035/46. Robles Luis. 4 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hilario Medina.
Tomo LII, página 635. Amparo civil directo 5193/36. Torres D. Fidel. 16 de abril de 1937. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Alfonso Pérez Gasga no intervino, por las razones que se indica en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: En el Tomo LII, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "TITULOS DE CREDITO ENDOSADOS DESPUES DE SU VENCIMIENTO."; en el Apéndice 1917-1985, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "ENDOSO DESPUES DEL VENCIMIENTO."; y en los Volúmenes CXXVII y CXXV, esta tesis aparece publicada bajo el rubro "TITULOS DE CREDITO. ENDOSO DESPUES DEL VENCIMIENTO.".