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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347028
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 111
ACCION, ERROR EN LA CALIFICACION DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO QUE LA ORIGINA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 111
No es argumento bastante para declarar no fundada la acción, el de que se haya calificado erróneamente la naturalezas del contrato que sirva de base a la demanda, pues las acciones toman su nombre del contrato o hecho a que se refieran y para su procedencia no se requiere determinar con exactitud y corrección el nombre de las mismas, bastando que se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de la misma.
Precedentes
Amparo civil directo 9023/40. Compañía Fraccionadora, S.C.P. 8 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.