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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 366
POSESION PROTEGIDA POR EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 366
Toda posesión debe tener una causa, pero el hecho de precisarla no significa que se derive como consecuencia de esa fuente. Lo que interesa en el amparo que interpone un tercero al juicio, cuando reclama por molestias o ataques a su posesión, es, fundamentalmente, el hecho mismo de la tenencia del bien, independientemente de la causa de que emane su posesión. Por tanto, la falta de registro de la escritura de compraventa invocada como antecedente de la posesión del quejoso, y si no oponibilidad a los terceros, sólo podría tomarse en cuenta en el caso de que se tratara de investigar la propiedad, para conceder o negar el amparo; de manera que si la demanda de garantías se funda en la posesión y por ese concepto concedió la protección federal el Juez de Distrito, nada tiene que ver la falta de riesgo de la indicada escritura.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1251/46. Briones Ezequiel. 15 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Vicente Santos Guajardo.