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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 496
CONYUGE SUPERSTITE, POSESION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 496
Aunque no esté probado que la quejosa haya sido reconocida legalmente como heredera en el juicio intestamentario de su esposo, sí está demostrado, en cambio, por medio de la prueba testimonial rendida, que aquélla, en su carácter de cónyuge supérstite, tenía la posesión de hecho de los bienes yacentes del autor de la herencia, sin prejuzgar sobre el carácter legal de esposa, que corresponde determinar a la autoridad responsable, debe decirse que, teniendo aplicación al caso lo dispuesto en el artículo 205 del Código Civil del Distrito y Territorios Federales, que le da la posesión y administración del fondo social, con intervención del representante de la sucesión, no era procedente nombrar interventor, sino que bastaba con la posesión de la quejosa, con intervención del albacea nombrado o que se nombrara, para conservar los bienes de la herencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1507/45. Osuna viuda de Canett Ana. 17 de enero de 1947. Mayoría de tres votos. Disidente: Emilio Pardo Aspe. Relator: Hilario Medina.