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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347087
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 545
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 545
Si al ejecutarse los actos reclamados puede llegarse hasta el remate y adjudicación de los bienes embargados y su entrega al rematante, la contrafianza debe fijarse teniendo en cuenta el valor de los bienes embargados, por concepto de restitución, y por daños y perjuicios, los intereses al seis por ciento anual, durante el término de tres años, sobre aquél valor.
Precedentes
Queja en amparo civil 538/46. Barbosa Adolfo. 18 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.