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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 613
CONSTRUCCIONES, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA RECLAMAR LOS DAÑOS CAUSADOS POR LAS. LEGISLACION DE PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 613
Conforme al artículo 1081 del Código Civil del Estado de Puebla, la prescripción de la acción para reclamar los daños causados por una construcción, comienza a correr desde que tales daños se producen, y por lo mismo, no puede tomarse como punto de partida del término de prescripción, la fecha en que el interesado afirme que tuvo conocimiento de esos daños.
Precedentes
Amparo civil directo 860/46. Hernández Jesús E. 22 de enero de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.