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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 613
CONSTRUCCIONES, DAÑOS CAUSADOS POR LAS. LEGISLACION DE PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 613
La circunstancia de que la elevación de un muro en una construcción, la haya verificado el dueño, sobre muros y cimientos propios, no lo releva de la obligación de cubrir la indemnización, por los daños que con dicha elevación haya causado al propietario de la construcción contigua (artículo 1325 del Código Civil del Estado de Puebla).
Precedentes
Amparo civil directo 860/46. Hernández Jesús E. 22 de enero de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Vicente Santos Guajardo. Disidente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.