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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347105
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 724
RECURSOS ORDINARIOS PENDIENTES (TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 724
El hecho de que el causante del quejoso haya interpuesto una tercería excluyente de dominio, respecto de la casa de que fue lanzado éste, en unas diligencias de desocupación promovidas por un tercero, como lo es el depositario de los bienes embargados en el juicio en que se hizo valer la tercería, contra una persona distinta del mismo quejoso, no significa que ante los tribunales esté pendiente algún recurso o medio de defensa que pueda modificar o revocar el acto reclamado, consistente en el lanzamiento de la casa ocupada por el propio quejoso, ya que la resolución que se dicte en esa tercería, determinará si el dominio de la casa corresponde al repetido quejoso, como causahabiente de quien promovió la tercería o al demandado en el juicio ejecutivo mercantil, y la providencia de lanzamiento surtirá todos sus efectos sin modificación alguna, ya que sólo se refiere a la posesión y no al dominio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2199/46. Osorio Agustín. 24 de enero de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.