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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 743
INSPECCION OCULAR COMO PRUEBA EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 743
Si la prueba ofrecida por el quejoso, fue la de inspección ocular, que debía practicarse en el lugar donde reside el Juez de Distrito, debió ser admitida, sin prejuzgar respecto a su eficacia jurídica, pues ello debe hacerse al pronunciarse la resolución sobre suspensión definitiva.
Precedentes
Queja en amparo civil 561/46. Castillo Braulio. 25 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.