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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347149
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 952
REIVINDICACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 952
Si la sentencia definitiva pronunciada en un juicio reivindicatorio, declaró improcedente la acción, no puede decirse que en ejecución de tal sentencia, deba darse la posesión del predio discutido, a la demanda.
Precedentes
Amparo civil en revisión 458/46. Izquierdo viuda de Hernández Guadalupe. 31 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.