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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347188
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1400
SUBARRENDATARIO, INTERES JURIDICO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1400
No obsta, como lo ha establecido la jurisprudencia relativa, para que exista el interés jurídico, que el quejoso pretenda demostrarlo presuntivamente, con un contrato de subarrendamiento, si no se comprueba que el subarrendador estuviera facultado para celebrar el contrato de subarrendamiento, porque lo que debe demostrarse, es el interés que la ley protege para considerar que un acto dirigido contra un extraño, puede afectar ese interés y causar al quejoso un perjuicio de difícil reparación.
Precedentes
Tomo XCI, página 3526. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 9146/46. Salamanca José. 17 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XCI, página 1400. Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9477/46. "Lavín y Compañía". 15 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.