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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1810
DEMANDA DE AMPARO, AMPLIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1810
Si se pide amparo contra determinados autoridades, éstas rinden su informe, y, con posterioridad, el quejoso designa como responsables a nuevas autoridades, antes de establecerse la litis contestación en amparo, debe admitirse la ampliación de la demanda que contra éstas últimas se formule, a fin de que la protección constitucional sea efectiva y el juicio de amparo logre sus fines, por que este procedimiento está de acuerdo con la expedición del despacho de los negocios judiciales, que es e interés público, puesto que resolver en un solo juicio de amparo, respecto de todas las autoridades responsables, y no en diversos juicios sobre el mismo asunto, favorece dicha expedición de los negocios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la ampliación de la demanda 9667/46. Martínez Ausencio. 5 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.