Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347266
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2037
SUSPENSION PEDIDA POR EXTRAÑOS A UN PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2037
Si con el acta de matrimonio se comprueba que el quejoso y la demandada en el juicio de desahucio se casaron bajo el régimen de sociedad conyugal, ello indica que los bienes de los cónyuges pertenecen a esa sociedad, salvo prueba en contrario; es esa virtud, es indiscutible que el quejoso acreditó el interés jurídico para la procedencia de la suspensión que solicita.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 9548/46. Rivera Eduardo. 8 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.