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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347336
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2651
CORREO, PROMOCIONES POR PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2651
Si en las constancias remitidas por el Juez de Distrito, no aparece la razón de la recepción o presentación de un escrito ante el juzgado, atenta tal deficiencia, debe presumirse cierto el hecho, que afirma el recurrente, consistente en que el citado escrito lo depositó en la Oficina de Correos en cierto día, según lo comprueba con el comprobante que exhibe, en el que consta que en esa fecha se recibió una correspondencia en los términos que indica; y estuvo la prueba ofrecida en tiempo si mediaron cinco días hábiles naturales y completos (contando el día que se depositó), antes de la audiencia.
Precedentes
Queja en amparo civil 61/47. Oseguera G. Antonio. 22 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.