Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347350
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347350
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2703
ACTO RECLAMADO, CONOCIMIENTO DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2703
Si no existe en autos dato alguno que demuestre en forma evidente, que el quejoso tuvo conocimiento de los actos reclamados con anterioridad mayor de quince días hábiles a la fecha en que presentó su demanda, el Juez de Distrito obró legalmente al considerarla interpuesta en tiempo y al no decretar el sobreseimiento por extemporaneidad.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3933/46. Zafra Rosas Jesús. 24 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Relator: Agustín Mercado Alarcón.