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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347367
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2883
COMISION MERCANTIL (PUBLICISTAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2883
La autorización para colocar publicidad en favor de una casa editorial, dada la naturaleza de los contratos que se celebran con el cliente, implica la facultad para celebrar esos contratos; y si de las pruebas rendidas se desprende que la casa editorial publicó los contratos concertados por una persona, respecto de los avisos y publicidad en general que se insertaron en los periódicos de aquella, de esto se sigue que esa persona tenia el carácter de comisionistas, de acuerdo con el artículo 273 del Código de Comercio, por tener un mandato aplicado a actos concretos de carácter mercantil.
Precedentes
Amparo civil directo 3642/46. "Publicaciones Herrerías", S.A. 27 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente y relator: Vicente Santos Guajardo. Engrose: Hilario Medina.