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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347370
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2884
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2884
La estimación de dicha prueba no puede dar lugar al amparo, porque según el artículo 1310 del Código de Comercio, la fe de los juicios periciales puede ser calificada por el juzgador, según las circunstancias.
Precedentes
Amparo civil directo 3642/46. "Publicaciones Herrerías", S.A. 27 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Relator y Disidente: Vicente Santos Guajardo. Engrose: Hilario Medina.