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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2937
REIVINDICACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2937
La Suprema Corte de Justicia ha establecido jurisprudencia en el sentido de que cuando el reivindicante tiene un título de propiedad y el demandado no tiene ninguno, aquel título basta para tener por demostrado el derecho del acto, siempre que dicho título sea anterior a la posesión del demandado. Por tanto, si el título de propiedad que exhibió el actor, consistía en el testimonio de la escritura de adjudicación deducida de un juicio intestamentario, y de autos consta probado que la demandada tuvo la posesión desde la fecha de la muerte del autor de sucesión, de ello resulta que tal posesión forzosamente fue anterior al título del actor, y en consecuencia, que éste era ineficaz para que se declarara procedente la reivindicación.
Precedentes
Amparo civil directo 7464/45. Hernández Cedillo Juan. 29 de marzo de 1947. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Emilio Pardo Aspe.