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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 532
PRUEBAS QUE NO OBRAN EN EL EXPEDIENTE DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 532
Deben estimarse infundados los conceptos de violación en que se reclama la indebida apreciación de pruebas hecha por la autoridad responsable, si en el expediente de amparo no obra copia de dichas pruebas, sino únicamente de la sentencia impugnada, porque en tales condiciones, se carece de base para hacer el estudio respectivo.
Precedentes
Amparo civil directo 3925/43. Cabrera de Roa María. 14 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca.
Tomo XC, página 3000. Indice Alfabético. Amparo directo 1285/45. Cruz Lorenzo y coagraviados. 14 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.