Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347419
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 536
NOTAS DE RECIBOS DE OBJETOS ENTREGADOS PARA LA EJECUCION DE UN TRABAJO, VALOR DE LAS CLAUSULAS CONTENIDAS EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 536
Las condiciones o cláusulas contenidas discretamente en el reverso de las notas de recibos de objetos entregados para la ejecución de un trabajo, que limiten el derecho consagrado por la ley, en favor del cliente, con relación al deterioro que puedan sufrir esos objetos, no son obligatorias para quien da el trabajo, pues para que lo liguen contractualmente, deben ser aceptadas por el mismo. en otros términos, tales cláusulas limitativas no pueden producir efecto jurídico alguno, a menos que se pruebe que antes de cerrarse el convenio sobre el precio y tiempo de entrega, se dio conocimiento del contenido de esas cláusulas a quien encomendó el trabajo y este las aceptó.
Precedentes
Amparo civil directo 4585/42. J. M. Gras y compañía, S. de R.L. 14 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Caros I. Meléndez.