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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 536
SENTENCIAS CIVILES INCONGRUENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 536
Si el demandado se concretó a negar la existencia de la acción y no opuso la excepción de plus petitio, es indudable que al declarar procedente esa acción la autoridad responsable, pero disminuyendo el monto de la condena, con relación a lo reclamado, incurrió en incongruencia.
Precedentes
Amparo civil directo 4585/42. J. M. Gras y compañía, S. de R.L. 14 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. Ponente: Caros I. Meléndez.