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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 864
PRESCRIPCION POSITIVA, PRUEBA DE LA CAUSA GENERADORA DE LA POSESION, COMO ELEMENTO DE LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 864
Si en la demanda se hizo valer como causa generadora de la posesión y como base de la acción de prescripción deducida, un hecho específicamente determinado (donación), la prueba recaía sobre el demandante. La Suprema Corte ha mantenido que la carga de la prueba del acto generador de la posesión, incumbe a quien hace valer la prescripción, ya que su simple afirmación, no evidencia el justo título necesario para la prescripción, según el sentido legal de ese concepto.
Precedentes
Amparo civil directo 4866/44. González José y coagraviados. 18 de octubre de 1946. Mayoría de tres votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Emilio Pardo Aspe.