Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347440
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347440
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 909
COMPETENCIA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 909
No es necesario que se requiera previamente al ciudadano Juez de Distrito que resulte ser competente conforme a la ley, porque de acuerdo con lo prevenido en el párrafo cuarto, del artículo 52 de la Ley de Amparo, esta Suprema Corte puede declarar competente a otro Juez de Distrito distinto de los contendientes.
Precedentes
Competencia 114/46. Suscitada entre los Jueces de Distrito Primero del Estado de Chihuahua y Segundo del Distrito Federal en Materia Civil. 19 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.