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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347444
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 917
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 917
El cálculo de las cantidades que se contienen en el auto que fijó el monto de la contrafianza, no significa que forzosamente asciendan a cada una de ellas, el importe de la restitución y el de los daños y perjuicios, pues tal importe debe determinarse, en su caso, al establecerse y decidirse la acción incidental a que se contrae el artículo 129 de la Ley de Amparo; el referido cálculo tiene por objeto determinar, aproximadamente, el importe de las prestaciones de las que debe responder la contragarantía de acuerdo con lo prevenido en el artículo 126 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 395/46. G. viuda de González Rebeca. 19 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.