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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347455
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 949
DIVORCIO EN MORELOS, CITACION A LA DILIGENCIA DE POSICIONES EN LOS JUICIOS DE, CUANDO EL DEMANDADO HA SIDO DECLARADO REBELDE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 949
Si la parte demandada en un juicio de divorcio fue emplazada legalmente en su domicilio, en la ciudad de México, y la propia demandada contestó a la demanda ante el Juez de Cuernavaca, pero lo hizo extemporáneamente, por lo que se le declaró rebelde, quedando firme esa determinación en tales condiciones, declarada la rebeldía, el Juez de Cuernavaca estuvo en lo justo al aplicar el artículo 15 de la Ley de Divorcio del Estado, y citar por cédula a la demandada, para absolver posiciones, y si esta no concurrió a la diligencia, la resolución que la declaró confesa, esta arreglada a derecho.
Precedentes
Amparo civil directo 399/46. Adam de Ayala Bertha. 21 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.