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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347462
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1035
APELACION, CONSECUENCIAS DE LA ADMISION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1035
Si el tribunal de alzada declaró bien admitido el recurso de apelación que interpuso la parte quejosa, no pudo omitir el estudio de los agravios expresados por la misma parte, fundándose en que la apelación se interpuso fuera de término, pues tal consideración es ilegal e incongruente.
Precedentes
Amparo civil directo 476/45. Campomanes Marroquín Concepción y coagraviados. 24 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.