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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1134
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA (COSTAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1134
Si por la admisión de la contragarantía, se obligará a la quejosa a pagar al tercer perjudicado las costas de ambas instancias, en caso de que obtenga la protección constitucional, la restitución consistirá en obligar al tercero perjudicado a devolver a la agraviada la cantidad que ésta le hubiere entregado por costas, y los daños y perjuicios se traducen en los intereses legales sobre el monto de las costas, en tres años.
Precedentes
Queja en amparo civil 322/46. Carbajal Bertha. 26 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.