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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347474
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1137
LANZAMIENTO, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1137
Si la quejosa ocupa la vivienda donde se hizo el requerimiento a una persona, ésta no tendrá ningún interés en cumplir con ese requerimiento y pagar las rentas que le reclaman como adeudadas, y en estas condiciones, es indiscutible que el lanzamiento tendrá que llevarse a cabo, como una consecuencia necesaria y forzosa, al cumplirse con el apercibimiento de que se ha hecho mérito; en esa virtud, la suspensión procede para el efecto de que no se lleve a cabo el lanzamiento de la quejosa.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6749/46. G. viuda de Rangel María Luisa. 26 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.