Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347503
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
347503
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1601

QUIEBRAS, EJECUCION DE SENTENCIAS EN JUICIOS ACUMULADOS A LAS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1601

Precedentes

Amparo civil en revisión 9252/43. Zaldívar Luis G. 11 de noviembre de 1946. Mayoría de tres votos. El Ministro Agustín Mercado Alarcón no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
Registro digital (IUS): 347503