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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347511
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1775
ARRENDAMIENTO EN CAMPECHE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1775
La Ley de Inquilinato de veinticuatro de abril de mil novecientos veintiuno, emana del Poder Legislativo del Estado de Campeche, esto es, de una autoridad distinta de la judicial; y si en la demanda de garantías no se cita precepto alguno de la Constitución Federal de la República, que resultó infringido por dicha ley, debe estimarse ineficaz el concepto de violación, en que se reclame la inconstitucionalidad de la misma.
Precedentes
Amparo civil directo 6296/45. Castillo C. Mariano, sucesión de. 15 de noviembre de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Carlos I. Meléndez.