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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347520
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1895
ALIMENTOS, AUMENTO DE LA PENSION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1895
No es exacto que pueda estimarse que hay un indebido emplazamiento, al aumentar la pensión alimenticia, toda vez que sólo en la sentencia se fija ese aumento, como resultado de lo alegado y probado en el juicio respectivo, y menos puede decirse que la efectividad de ese aumento dependa, necesaria e inmediatamente, de la falta de emplazamiento que alega el quejoso como acto reclamado; en ese concepto, habiéndose únicamente reclamado la falta de emplazamiento y la sentencia dictada en el incidente de nulidad que promovió el quejoso respecto de ese emplazamiento, por no haberse reclamado la sentencia en que se decretó el aumento de la pensión, no es posible conceder la suspensión de tal aumento.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7602/46. Avila Agustín. 18 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.