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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347546
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2141
CONSIGNACION DE RENTAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2141
Las copias simples de los escritos presentados por el inquilino, en diligencias preliminares de consignación de rentas, que no fueron notificadas al arrendador, carecen de valor probatorio, y si el propietario se negó terminantemente a recibir la cantidad consignada, tal consignación no produce los efectos de pago, por no haberse llenado los requisitos del capítulo II, del título IV, del Código Civil del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil directo 2583/41. Rosas Victor. 27 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Emilio Pardo Aspe.