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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347553
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2173
COSTAS EN MATERIA MERCANTIL, APRECIACION DE LA TEMERIDAD, PARA EL EFECTO DE LA CONDENACION AL PAGO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2173
El artículo 1084 del Código de Comercio, deja a juicio del sentenciador la apreciación de la temeridad y mala fe de los litigantes, para condenarlos en costas, por lo que el uso de dicha facultad no puede implicar la violación del citado precepto.
Precedentes
Amparo civil directo 7488/45. Shiels Durán Arturo, sucesión de. 28 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.