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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2277
LANZAMIENTO, EJECUCION DE SENTENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2277
Si el actor desistió del juicio de desahucio y renunció a los derechos que le dio la sentencia dictada en ese juicio, según lo expresó al pedir el sobreseimiento del juicio de amparo pedido por la quejosa, contra la indicada sentencia, es evidente que la verdad legal establecida en el juicio de desocupación, no puede tener efectividad, mientras no se decida en el juicio de amparo, si la revocación que posteriormente dictó el Juez responsable, respecto del auto que dio por concluido el juicio de desahucio, es válido legalmente, y viola por lo mismo garantías individuales, de manera que la suspensión procede para mantener las cosas en el estado que guardaban al dictarse esa revocación, a efecto de que no se ejecute la sentencia de lanzamiento, mientras se decide el principal del asunto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7085/46. Josefina Bracho. 30 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.