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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2317
NULIDAD DE JUICIOS CONCLUIDOS, IMPROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2317
No deben admitirse juicios de nulidad de juicios ya concluidos, pues contra las sentencias pronunciadas en los estimados nulos, sólo pueden hacerse valer los recursos que establece la ley, ya que de otro modo se harían interminables las contiendas.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2782/38. Vázquez Victorina. 2 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Luis G. Corona.