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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2353
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2353
Si la interlocutoria sobre suspensión fue ilegal, el tercer perjudicado, debió interponer en contra de tal interlocutoria el recurso de revisión; pero habiendo causado estado, mientras se falla el juicio de garantías, debe surtir efectos dicha interlocutoria sobre suspensión, tal como fue dictada.
Precedentes
Queja en amparo civil 477/46. Vargas Jesús L. 2 de diciembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.