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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2485
ESTIPULACION A FAVOR DE TERCERO, REVOCACION DE LA (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y DE SINALOA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2485
Si el tercero manifestó su voluntad de querer aprovechar la estipulación hecha a su favor, ya no pudo legalmente revocarse, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1755 del Código Civil de Sinaloa igual al 1871 el Código Civil del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil directo 3720/42. Vales Agustín G. 5 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. Ponente: Carlos I. Meléndez.