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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2632
MENORES, GUARDA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2632
Habiendo convenido ambos padres, al reconocer a su hija, y por mutuo acuerdo, que ejercerían ambos la patria potestad, es indudable que no se afecta el interés general ni se contravienen disposiciones de orden público, al conceder la suspensión sin ningún requisito, de la resolución que priva de la patria potestad a la madre si se le mantiene en el ejercicio de ese derecho, conservando a la menor bajo su cuidado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6385/46. González María Guadalupe. 7 de diciembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.