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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 262
RENTAS, SUSPENSION DEL COBRO, POR EL INTERVENTOR.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 262
El cobro de las rentas por depositario o interventor nombrado en un juicio con motivo de un embargo, son actos de tracto sucesivo, porque se realizan periódicamente, al exigirse, cada mes, el importe de las rentas a los inquilinos, y la suspensión procede, para impedir que en lo sucesivo se cobren esas rentas por dicho depositario, mas no se concede esa suspensión respecto del cobro de las rentas ya realizado, porque esos actos ya se ejecutaron y sólo se suspenden aquellos que están por ejecutarse y son inminentes.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 3667/46. Padilla Elías. 6 de julio de 1946. Mayoría de tres votos. Disidente: Carlos L. Angeles. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.