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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347627
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 271
MINUTAS (PROMESA DE VENTA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 271
Una simple minuta de escritura de promesa de venta de inmueble, no puede acreditar, ni siquiera presuntivamente, la propiedad de ese inmueble, toda vez que la minuta no viene a ser más que el borrador que los notarios extienden, para, después, otorgar una escritura, de acuerdo con el texto de esa minuta, y mientras no se otorgue esa escritura, puede afirmarse que no se ha formalizado el contrato relativo, señalando la ley solamente la acción necesaria para elevar esa minuta a escritura pública; y si tal minuta no se otorgó ante notario, sino en documento privado y ante testigos, esta circunstancia pone de manifiesto, en forma más clara, que con ella no se puede acreditar el interés jurídico, como propietario y poseedor del referido inmueble, y mucho menos demostrar este último extremo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. 1696/46. Quezada Andrés, Suc.... de. 6 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.