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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 725
REMATES, SUSPENSION TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 725
Si el quejoso, lo que pretende paralizar, son todas las posibles consecuencias de un remate que no pudo impedir en ese concepto, su petición es congruente, pues las consecuencias de tal acto sí se pueden suspender, porque no hay afectación alguna al interés general con esa medida, ni tampoco se contravienen disposiciones de orden público. En esa virtud, la suspensión procede para que, en lo sucesivo, no se hagan inscripciones ni cancelaciones referentes al bien rematado, mientras se falla el principal del asunto.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del Incidente de Suspensión 3452/46. Lozano viuda de Flores Paula. 20 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Mario G. Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.