Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/347670
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347670
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 921
EJIDOS, AVALUO DE LAS FRACCIONES DE UNA FINCA, AFECTADA POR LA DOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 921
El valor fiscal de una finca, en su totalidad, no puede tomarse como base para apreciar el de una fracción de la misma, pues las condiciones o circunstancias propias de ésta, como son su situación topográfica, la mayor o menor dificultad para ser regada, la calidad de sus tierras, etcétera, afectan su valor, por lo que su estimación especial puede diferir del valor atribuido a cada hectárea, en relación con el de la totalidad de la finca. En consecuencia, no siendo suficiente el valor catastral o fiscal de la finca, se hace necesario el avalúo pericial, para determinar el correspondiente a las fracciones afectadas de la misma, y al estimarlo así la autoridad responsable, obró con arreglo a derecho.
Precedentes
Amparo civil directo 8075/44. Herrejón Patiño Gabriel. 24 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Hilario Medina.