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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 347679
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1094
SENTENCIAS SUSPENSION TRATANDOSE DE EJECUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1094
Se pueden causar al quejoso perjuicios o daños de difícil reparación, si se adjudican ciertos bienes, en virtud de la ejecución de una sentencia, respecto de la cual el quejoso interpuso el recurso de queja que se está tramitando, y como este recurso no suspende el procedimiento, si considerando el quejoso que se está ejecutando una sentencia que está sub judice, y que por ende, no ha causado ejecutoria, para evitarse esos perjuicios, pide la suspensión, ésta es procedente, pues no suspenden los efectos de la queja, sino sólo la adjudicación, que es el resultado final de la ejecución de la sentencia que se señala como acto reclamado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del Incidente de Suspensión 4144/46. Cortina Solórzano José. 27 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.